
Cuando fallece una persona, sus bienes se reparten entre sus herederos mediante un trámite llamado sucesión. Si todos están de acuerdo, puede hacerse en una notaría.
¿Cuándo puedo hacerla en notaría?
Cuando hay acuerdo entre los herederos y el trámite lo presenta un abogado. Si no es así, se hace ante un juez: sucesión notarial o judicial.
¿Qué documentos necesito?
Registro civil de defunción, documentos de los herederos, certificados de los bienes y poder al abogado. Mira la lista de verificación.
¿Cuáles son los pasos?
- Reunir los documentos y definir quiénes son los herederos.
- Contratar un abogado y otorgarle poder.
- Elaborar el inventario de bienes y deudas y el trabajo de partición.
- Cumplir las publicaciones y notificaciones que exige el trámite notarial.
- Firmar la escritura de sucesión en la notaría.
- Pagar los impuestos que correspondan y registrar la escritura (por ejemplo, en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos para los inmuebles).
¿Cuánto cuesta?
Depende del valor de los bienes y del número de actos. Hazte un estimado con la calculadora de costo de sucesión.
Información general y educativa, basada en la norma y en fuentes oficiales; no reemplaza la asesoría de un abogado ni la confirmación en la notaría o entidad que atiende tu trámite, porque los requisitos pueden cambiar.