
En Colombia el matrimonio civil puede celebrarse ante notario, sin pasar por un juzgado. Es una opción sencilla, con trámites claros.
¿Qué normas lo regulan?
Los Decretos 2668 de 1988 y 1556 de 1989 y el Código Civil. El notario debe verificar el cumplimiento de esos requisitos.
¿Cuál es el trámite?
- Pides la cita en la notaría que elijas.
- Presentas la documentación de ambos contrayentes.
- El día de la ceremonia, el notario recibe el consentimiento de los dos.
- Se eleva a escritura pública y se inscribe en el registro civil de cada uno.
¿Qué documentos necesito?
Los de identidad y los registros civiles de nacimiento, entre otros. Mira el detalle en qué documentos piden.
¿Cuánto cuesta?
Hay derechos notariales por la escritura y por el registro civil. Calcula el estimado en la calculadora de costo del matrimonio civil en notaría.
¿Cómo encuentro mi notaría?
En notarías en Colombia puedes ubicar la más cercana, ver su teléfono y su horario.
Información general y educativa, basada en la norma y en fuentes oficiales; no reemplaza la asesoría de un abogado ni la confirmación en la notaría o entidad que atiende tu trámite, porque los requisitos pueden cambiar.