Contrato de relevo 2020: Definición, requisitos y aplicación
El presente artículo explora con profundidad el tema del contrato de relevo, un contrato concertado que sustituye al trabajador de una empresa que accede a la jubilación parcial, por lo que implica a dos trabajadores: el trabajador relevado, aquel que se jubila parcialmente reduciendo parte de la jornada de trabajo; y el trabajador relevista, que sustituye, como mínimo, la reducción de jornada del trabajador sustituido.
El contrato de relevo está regulado en los artículos 12.6 y 12.7 del Estatuto de los Trabajadores y por el Real Decreto-Ley 5/2013, donde se establece la obligación de realizar este tipo de contratos cuando se produzca una prejubilación de un trabajador que no haya llegado a la edad ordinaria para jubilarse (actualmente 65 años y 10 meses).
Este tipo de contrato representa una herramienta esencial para cubrir las necesidades de los trabajadores que planearon jubilarse, pues permite la sustitución de su jornada por la de un trabajador joven, manteniendo la continuidad de la actividad y la seguridad del puesto.
Definición de relevo
El contrato de relevo es un contrato concertado que sustituye al trabajador de una empresa que accede a la jubilación parcial, por lo que implica a dos trabajadores: el trabajador relevado, aquel que se jubila parcialmente reduciendo parte de la jornada de trabajo; y el trabajador relevista, que sustituye, como mínimo, la reducción de jornada del trabajador sustituido.
El contrato de relevo está regulado en los artículos 12.6 y 12.7 del Estatuto de los Trabajadores y por el Real Decreto-Ley 5/2013, donde se establece la obligación de realizar este tipo de contratos cuando se produzca una prejubilación de un trabajador que no haya llegado a la edad ordinaria para jubilarse (actualmente 65 años y 10 meses).
Requisitos del contrato de relevo
El contrato de relevo está sujeto a requisitos específicos que deben cumplir los trabajadores que lo conforman para ser válido. Estos requisitos son:
- Que el trabajador sea mayor de edad que 65 años y 10 meses.
- Que el trabajador no tenga ninguna condición médica o física que impida su participación en el puesto de trabajo.
- Que el trabajador no esté sujeto a ninguna restricción legal que impida su participación en el puesto de trabajo.
- Que el trabajador tenga el permiso de la empresa para ocupar el puesto de trabajo.
- Que el trabajador tenga la capacidad de realizar el puesto de trabajo.
Aplicación del contrato de relevo
El contrato de relevo es un contrato válido cuando se cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 12.6 del Estatuto de los Trabajadores. El contrato debe ser firmado por el trabajador y la empresa, y debe ser otorgado al trabajador dentro de un plazo máximo de 30 calendarios de la firma de la vasija de contrato.
El contrato de relevo es un instrumento de gran importancia para las empresas, pues garantiza la continuidad del trabajo de los trabajadores que jubilan, mientras que para los trabajadores proporciona la seguridad de un puesto de trabajo durante un periodo más largo.
Regularización del contrato de relevo
El contrato de relevo está regulado por los artículos 12.6 y 12.7 del Estatuto de los Trabajadores y por el Real Decreto-Ley 5/2013, donde se establece la obligación de realizar este tipo de contratos cuando se produzca una prejubilación de un trabajador que no haya llegado a la edad ordinaria para jubilarse (actualmente 65 años y 10 meses).
El contrato de relevo se regula de forma normativa y se limita a lo esencial para que sea válido. El contrato de relevo debe ser sencillo y directo, y debe contener los mínimos requisitos que se indican en el Artículo 12.6 del Estatuto de los Trabajadores.
Concluyendo
El contrato de relevo es un instrumento de gran importancia para las empresas, pues garantiza la continuidad del trabajo de los trabajadores que jubilan, mientras que para los trabajadores proporciona la seguridad de un puesto de trabajo durante un periodo más largo. El contrato de relevo está regulado de forma normativa y se limita a lo esencial para que sea válido.